La constitución de California establece en la Sección 6, Artículo 1, que se prohíbe la servidumbre involuntaria, a menos que se utilice como castigo por un delito. Si bien hay personas que creen que el trabajo forzado puede ser una forma efectiva de impartir justicia, no se puede negar la cuestionable moralidad de obligar a otra persona a trabajar por una causa en la que no cree y en empleos para los que puede no estar capacitada.
Los legisladores de California están reviviendo sus esfuerzos para enmendar la sección de la constitución que se refiere a la servidumbre involuntaria como castigo por delitos, para abolirla por completo y reemplazarla con las palabras claras “La esclavitud en cualquier forma está prohibida”.
Esta enmienda se conoce como Enmienda Constitucional de la Asamblea Número 8, o ACA 8 y busca abolir el trabajo involuntario en las prisiones de California.
Los legisladores estatales habían luchado por el mismo principio anteriormente, pero los esfuerzos se detuvieron en el Senado debido a problemas de claridad en torno a la enmienda. Ese esfuerzo fallido fue el ACA 3.
Sin embargo, hoy en día los legisladores de California están nuevamente a la vanguardia, con un renovado esfuerzo, para luchar contra la servidumbre involuntaria en las prisiones de California. Con el ACA 8, las personas encarceladas, especialmente las minorías, pueden estar seguras de que sus derechos están protegidos incluso tras las rejas.
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